Según nuestro Código Civil, “la aceptación y repudiación de la herencia son actos enteramente voluntarios y libres”, pero… ¿Cómo puedo renunciar a una herencia?
Para empezar, es importante mencionar que estás en tu pleno derecho de renunciar a una herencia siempre y cuando no sea condicionalmente, ni en parte y a plazo de esta.
Esto quiere decir que si renuncias a una herencia lo haces de manera total, por lo que no podrás repudiar una parte de los bienes y querer conservar otros, además, ten en cuenta que la decisión es irrevocable.
¿Cómo y cuándo renunciar a la herencia?
Para renunciar a una herencia debes hacerlo de manera expresa mediante escritura pública otorgada ante notario, ya que es obligatorio por ley para asegurar la veracidad de la decisión tomada por el heredero.
En cuanto a periodo de revocación, el Código Civil español no establece un plazo determinado para llevar a cabo la repudiación de una herencia. Sin embargo, hasta pasado nueve días tras la muerte de aquella persona cuya herencia se trate, no se podrá instigar al heredero para que acepte o rechace la herencia.
Por otro lado, si existe una persona interesada en la decisión del heredero, este podrá acreditar su posición ante un Notario para es éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar o repudiar la herencia.
¿Y si la persona que posee los vienes sigue viva? En este caso, no se puede renunciar a una herencia de alguien que no haya fallecido, ya que como establece el artículo 991 del Código Civil “nadie podrá (…) repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar (…)”.
En todo caso, cada situación es diferente y por numerosas cuestiones es importante buscar asesoramiento profesional para realizar de manera adecuada el trámite.
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